4362 2630 - Fax: 4362 4778 contacto@juntadedurazno.gub.uy

La JUNTA DEPARTAMENTAL DE  DURAZNO  se reúne en  SESIÓN ORDINARIA,  el día JUEVES  18 de MAYO  de 2023, a la hora 20:00, en el SALON DE SESIONES DEL LEGISLATIVO, para considerar el siguiente: 

ORDEN   DEL    DIA:

ASUNTOS ENTRADOS

ASUNTOS PREVIOS

Punto Nº1: COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y APELACIONES 

Ref. Modificación Art. 75 B)  Ordenanza de Edificación 

(Decreto N°961-Decreto 1680/2001)

 (Art.77°  Reglamento Interno- Mayoría de Votos Presentes)

Punto Nº2: INTENDENCIA DEPARTAMETANL DE DURANZO 

Sol. Anuencia Para Acceder Tolerancia Altura Máxima Edificación 

Padrón Urbano N°4 – Manzana 11 -Ciudad.

INFORMA COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y APELACIONES

(Art.77°  Reglamento Interno- Mayoría de Votos Presentes)

      Durazno, Mayo 17 de 2023.-                                                                                                              

                                                                              Caterina BARRIOS 

                                                                                       Secretaria Gral.

Asuntos Entrados Al Día Miércoles 

17/Mayo/2023

  1. IDD Rem. Of. N° 119/2023 Ref. Copia Exp.N° 2022-5345 Sol. Anuencia Para Extensión Plazo Contrato Comodato  con ADICECHA.- PASA A COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y APELACIONES.-
  2. IDD Rem. Of. N° 121/2023 Ref. Prórroga Licencia Médica Int.Deptal.Lic. C.VIDALIN y por Continuación Vacancia Temporaria del Cargo Ejerce el mismo José D.RIELLI del 14/Mayo al 22/Mayo/2023, inclusive.-ENTERADOS.-
  1. MINISTERIO DE AMBIENTE Rem. Certificado Clasificación Categoría “A”  Proyecto Reforestación Estancia Los Talas I y II Presentado por EUFORES S.A. Pad.11706 10°Sección Catastral Durazno.-PASA A COMISION MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES.-
  2.  MINISTERIO DE AMBIENTE Rem. Certificado Clasificación de Proyecto Categoría “A”  Para Proyecto Seis Canteras de Tosca y Balasto en Establecimiento PORTELA Padrones Rurales 5.610 y 8459 8va. Sección Catastral Durazno Presentado por FORESTAL ORIENTAL S.A.- PASA A COMISION MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES.-
  3. IDD Rem. Programa del Nuevo Aniversario de los 112 Años Batalla de las Piedras.- ENTERADOS, SE DEJA REPARTIDO EN CADA BANCADA.-
  4. URUGUAY PRESIDENCIA Acusa Recibo a Plant. Edil F.Parodi  (Of. A N°970/23.- PASA A CONOCIMIENTO EDIL ANTES MENCIONADO.- 
  5. URUGUAY PRESIDENCIA Acusa Recibo a Plant. Edil P. Hernández  (Of. A N°958/23.- PASA A CONOCIMIENTO EDIL ANTES MENCIONADO.- 
  6. CNE  Rem.Invitación y Convocatoria a las Actividades del mismo a realizarse 23/Junio en Palacio Legislativo 24 y 25/Junio en JDMontevideo a Ediles S.Icasuriaga o J. C.Torres o D.Moreira, E. Erramuspe o V.Burgues, D.Moreira o F.Valetta, C.Piriz, L. Baldenegro,G. Gurbindo o C.Kuster.-SE DEJÓ INVITACIÓN EN CADA UNA DE LAS BANCADAS.- 

ASUNTOS PREVIOS DE FECHA  18/Mayo/2023

  1. ANABEL FUENTES
  2. CARLOS CARRICA
  3. JULIO MARCENAL
  4. SANTIAGO ICASURIAGA
  5. GUILLERMO GURBINDO
  6. GABRIEL DÍAZ
  7. WILSON BARITÉ
  8. ENRIQUE ERRAMUSPE
  9. DANIELA MOREIRA
  10. FREDI D’ALESSANDRO
  11. LAURA BALDENEGRO
  12. CARLOS KUSTER
  13. INÉS COLINA
  14. JOSÉ RIZZO
  15. MARTÍN VIDALÍN
  16. DANIEL LERENA
  17. CARLOS TORRES
  18. FERNANDO PARODI
  19. PEDRO HERNÁNDEZ
  20. PABLO REVELLO
  21. JULIO DÍAZ

PuntoN°1.-

VISTO: Que la Ordenanza de Edificación es la norma jurídica departamental que determina los requisitos generales y abstractos referidos a la cantidad de estacionamientos que deben contar los edificios que se implanten en el Departamento de Durazno (Decreto Departamental N° 961 de 1° de Junio de 1973 en la redacción dada  por el Decreto 1680 de 18 de Mayo de 2001).- RESULTANDO: Que las referidas normas son de los años 1973 y 2001 respectivamente, por cuanto el desarrollo urbanístico y la experiencia  urbana ha determinado la existencia de necesidades que deben ser adaptadas, las que incluso se encuentran advertidas en legislación departamental comparada que ha estudiado por la presente Asesora. ATENTO: A lo precedentemente expuesto. LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE DURAZNO DECRETA:  LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE DURAZNO DECRETA: Artículo 1°) – Establécese la siguiente redacción para el art.75.B) de la Ordenanza de Edificación Durazno (Decreto Departamental n°961 de 1° de Junio 27 de 1973 en la redacción dada por el decreto 1680 de 18 de Mayo de 2001): “ART. 75.B) ESTACIONAMIENTO.- Todos los edificios destinados a vivienda que se construyan en el Departamento deben contar, en el terreno donde se ubiquen, con al menos un 30% de unidades destinadas al estacionamiento de vehículos, en relación al total de unidades locativas con las que cuente el edificio. Si del cálculo de sitios para estacionamiento resultaren fracciones y estas fueran menores de 0.5 se redondeará a la unidad inmediata inferior. En caso de resultar fracciones iguales o superiores a 0.5 se redondeará a la unidad inmediata superior. Podrá admitirse que el número de sitios de estacionamiento exigido para un edificio, se emplace en otro u otros edificios independientes, debiendo ajustarse en todos los casos, en cuanto a capacidad y características a las disposiciones vigentes. El o los edificios que incluyan estacionamientos complementarios de otro u otros edificios, deberán habilitarse antes o simultáneamente con el o los que le dieron origen, no pudiendo utilizarse estacionamientos existentes a la fecha de presentación del respectivo permiso de construcción. En ningún caso podrán realizarse en el edificio que incluye sitios de estacionamientos complementarios, obras de demolición, refacción o construcción que afecten los mismos en cuanto al destino y capacidad. Cuando se solicite su demolición o cambio de destino, deberá proponerse una solución sustitutiva equivalente. El Departamento de Obras controlará esta situación previamente a la aprobación del respectivo Permiso de Construcción o Demolición, no pudiendo utilizarse en sustitución, estacionamientos existentes a la fecha de presentación del mismo. El edificio que incluye estacionamientos complementarios, podrá admitir a su vez, otros destinos, siempre que se ajusten a las disposiciones vigentes.”  Artículo 2°) – Remítase al Ejecutivo Departamental a sus efectos. Firman los Ediles señores: FRANCISCO VALETTA, VIRGINIA BURGUES, FREDI D’ALESSANDRO, CARLOS TORRES, INÉS COLINA”.-

Punto N°2.-

VISTO: El expediente administrativo IDD 2022-5649 caratulados “Obras – Expediente Urbano – Localización en suelo urbano, padrón n°4, manzana 11”. RESULTANDO I: Que el contenido de dicho expediente refiere a la solicitud de fecha 21 de agosto de 2022 sobre VIABILIDAD DE LOCALIZACIÓN de una construcción en altura en el padrón N° 4, manzana 11 de la ciudad de Durazno. RESULTANDO II: Que en Informe N° 413/2022 realizado por la Arq. Ana Laura Báez (el cual luce a fojas 19 y 20 del presente), se desprenden las características del proyecto presentado, observándose incumplimientos a la normativa vigente en cuanto a alturas máximas permitidas, retiros frontales, capacidad de estacionamientos, entre otras. RESULTANDO III: Que se sugiere mediante el informe antes referido el pase al Sr. Asesor Letrado de la Intendencia Dr. Diego Ávila para que determine si corresponde otorgar tolerancia en referencia a la altura permitida de la edificación y el espacio para estacionamiento.-RESULTANDO IV: Que el Sr. Asesor Letrado sugiere y previo al dictamen jurídico y la resolución correspondiente, se conceda vista de estos obrados al gestionante particular por un plazo de 10 días. RESULTANDO V: Que por Resolución N°9125/2022 se da vista de las observaciones realizadas en los Informes Nº 413/2022 y 94/2022, solicitándose se remita el proyecto al Legislativo Departamental para su estudio y eventual otorgamiento de las tolerancias referidas.- RESULTANDO VI: Que la presente Comisión Asesora realizó un estudio primario del expediente, y como primer actuación solicitó a través de la mesa se Oficie (de fecha 16 de marzo de 2023) al Ejecutivo Departamental a los efectos “que pueda darse cumplimiento con la existencia de informe técnico del Departamento de Obras y conformidad del Ejecutivo Departamental”. CONSIDERANDO I: Que del informe técnico de la Intendencia de Durazno se desprende que los incumplimientos son relevantes y de trascendencia. CONSIDERANDO II: Que la importancia del proyecto, así como los impedimentos normativos vigentes, determinan la necesidad del estudio del mismo, a los efectos de la eventual consideración de concesión de las tolerancias requeridas. CONSIDERANDO III: Que en la etapa de la viabilidad de localización, se estudia la pertinencia del proyecto, quedando supeditado el permiso de obras a su respectiva solicitud (que no ha sido presentada) y posterior aprobación técnica del mismo. CONSIDERANDO IV: Que en caso de otorgarse la viabilidad de localización, el proyectista contará con un plazo máximo de 1 año a partir de la notificación para iniciar el trámite de permiso de edificación en el Departamento de Obras de la Intendencia de Durazno. Y que en caso de vencimiento del plazo mencionado se deberá gestionar una nueva viabilidad de localización para las edificaciones que correspondan.- CONSIDERANDO V: Que no podrá iniciarse ninguna construcción en el padrón sin el correspondiente permiso de edificación, y en caso de constatarse dicho incumplimiento se aplicaran las sanciones previstas en la normativa vigente.- CONSIDERANDO VI: Que se recibió por oficio de la Intendencia de Durazno n° 87/2023 de fecha 12 de abril 2023, conteniendo la respuesta a lo solicitado oportunamente y que constan en el “Resultando VI” de este informe. CONSIDERANDO VII: Que las solicitudes realizadas de tolerancia y modificaciones de cuestiones no sustanciales refieren a: a- altura máxima permitida a la edificación; y b- espacio para estacionamiento. CONSIDERANDO VIII: Que la Comisión Asesora ha considerado de mérito y oportunidad acceder a la solicitud de tolerancia respecto de la altura permitida de la edificación, fundando ello en que según los avances existentes en el proceso de Revisión del Plan Local  de la Ciudad de Durazno (el que ya tuvo su Puesta de Manifiesto y Audiencia Pública), la solución que se prevé a futuro para las alturas máximas en la zona donde se encuentra implantado el presente proyecto a estudio, cumpliría y estaría dentro de los criterios generales y abstractos proyectados. Además teniendo presente que este extremo se refiere a las modificaciones que son posibles de realizar por la Junta Departamental, mediante el procedimiento previsto en el art.4 del Decreto Departamental 2315/2014, el que refiere a modificaciones de cuestiones “no sustanciales” del ordenamiento territorial. CONSIDERANDO IX: Que el asunto ingresó y fue tratado en Sesión del Día 4 de Mayo del presente año, habiéndose aprobado Resolución 026/023 de fecha 04/05/2023 por la que se dispuso regreso del asunto en Comisión Asesora; realizándose el análisis correspondiente y nuevo informe por parte de la misma. ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a las facultades legales vigentes, LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE DURAZNO DECRETA: Artículo 1° – Otórguese anuencia al Ejecutivo Departamental para acceder a la tolerancia de altura máxima permitida de la edificación según lo solicitado en el expediente administrativo remitido n° 2022-5649, es decir en el padrón urbano n° 4, de la manzana 11, de la localidad catastral Durazno. Artículo 2° – Remítase al Ejecutivo Departamental a su efectos.- Firman los Ediles señores: FRANCISCO VALETTA, VIRGINIA BURGUES, FREDI D’ALESSANDRO, CARLOS TORRES, INÉS COLINA”.-