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La JUNTA DEPARTAMENTAL DE  DURAZNO  se reúne en  SESIÓN ORDINARIA,  el día VIERNES  29 de ABRIL  de 2022, a la hora 19:30, en el SALÓN DE SESIONES DEL LEGISLATIVO, para considerar el siguiente: 

ORDEN   DEL    DIA:

ASUNTOS ENTRADOS

ASUNTOS PREVIOS

Punto 1:-    COMISION DE ASUNTOS INTERNOS Y REGLAMENTO

Informe Ref. Presentación Bases Para Ingreso Funcionarios 

Cumplimiento  Tareas Administrativas 

 (Art.77°  Reglamento Interno- Mayoría de Votos)

                Durazno, Abril 28 de 2022.-

                                                       Caterina BARRIOS

                                                                            Secretaria Gral.- 

Asuntos Entrados al Día Jueves 28 de Abril/2022

  1. CAMARA REPRESENTANTES Rem. Palabras Representante Nal. W. Cervini S/Importancia Continuidad a Nivel de las Políticas Ambientales.-PASA A CONOCIMIENTO COMISION MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES.-
  2. CAMARA REPRESENTANTES Rem. Palabras Pronunciadas por Varios Representantes Nacionales Ref. Conmemoración Día de la Nación Charrúa y la Identidad Indígena.- ENTERADOS.- 
  3. IDD Rem. Of.N° 109/2022 Ref.  Sol. Concesión Líneas Transporte Deptales.- PASA A ADMINISTRACION.-
  4. TCR Rem. Of.N° 1782/2022 Ref. Res. Adoptada  S/Decreto 2561 Aprobación Definitiva D.2557 Prórroga Vigencia D.2536 y 2545/2021 Refinanciación Adeudos.-PASA A COMISION HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS.-
  5. TCR Rem. Of.N° 1761/2022 Ref. Res. Adoptada  S/Decreto 2560 S/Aprobación Definitiva Presupuesto Quinquenal JDD Período 2021-2025.-PASA A COMISION HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS.-
  6. CORTE ELECTORAL Rem. Proclamación  Edil Titular Lista 36 Período 2020-2025 al Sr. José Luis MORENA y Suplentes Respectivos a Sra. Leticia Arias en calidad 1er. Suplente, Ignacio SPINOLA 2do. Suplente y Juan ORTIZ 3er.Suplente.- NOTIFIQUESE A QUIEN CORRESPONDA.-
  7. DINACEA MINISTERIO DE AMBIENTE Rem. Texto Manifiesto Ref. REDMIX SRL S/Proyecto Explotación Aguas Para Represa Depto. Durazno.-PASA A CONOCIMIENTO COMISION MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES.-
  8. MINISTERIO DE AMBIENTE Rem. Certificado Clasificación Proyecto  Forestal Compañía del Atlántico Sur S.A. sito en Depto. Durazno.-PASA A CONOCIMIENTO COMISION MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES.-
  9. MINISTERIO DE AMBIENTE Rem. Certificado Clasificación Proyecto  Forestal Santa Magdalena sito en Depto. Durazno.-PASA A CONOCIMIENTO COMISION MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES.-
  10. JDPAYSANDU Rem. Of.N° 0239/2022 Ref. Plant. Edil P. Vasquez Varela S/ Programas y Actividades del Ministerio de Desarrollo Social.- ENTERADOS.-
  11. JDPAYSANDU Rem. Of.N° 0227/2022 Ref. Moción Ediles Varios S/Incumplimiento en Municipio de Porvenir.- ENTERADOS

ASUNTOS  PREVIOS Del   29 de Abril de 2022


JAVIER BESSONARTENRIQUE ERRAMUSPEVIRGINIA BURGUESFRANCISCO VALETTASEBASTIAN CHARLOJOSE RIZZOEDGARDO LERENALAURA BALDENEGROGABRIEL DIAZMARCELO LUJANWILSON BARITESantiago Icasuriaga – LETICIA ARIASMARTIN VIDALINGUILLERMO GURBINDOANABEL FUENTESCARLOS CARRICACARLOS TORRES


JULIO MARCENALDANIELA MOREIRAINES COLINACARLOS KUSTERJULIO DIAZFREDI D’ALESSANDROHENRY MORALESPABLO REVELLOPEDRO HERNANDEZ

Punto N°1.-

“VISTO: Las actuaciones de la Comisión a los efectos de realizar las bases para la existencia de “Pruebas de Suficiencia” para el ingreso a la función administrativa a la Junta Departamental de Durazno de Decreto 2263/2013, independientemente de la naturaleza del vínculo jurídico a establecerse. RESULTANDO: Que se ha arribado a la conclusión de la necesidad de la existencia de este tipo de pruebas de suficiencia que permita corroborar la aptitud para el cumplimiento de las tareas administrativa para quienes tendrán un nuevo vínculo contractual o presupuestal con esta Corporación y no tenga antecedentes en la misma que acrediten ellos. CONSIDERANDO I: La existencia de previsiones presupuestales existentes aprobados oportunamente por esta Junta Departamental determinando la existencia de cargos presupuestales que al día de la fecha no tienen soporte personal del mismo, y a los efectos de futuras eventuales vacancias. CONSIDERANDO II: Que independientemente del sujeto individualizado que será soporte del cargo a cubrir, se considera por esta Asesora necesario que tenga las aptitudes básicas para el desempeño de la función a determinar, siendo la manera de garantizar la existencia de una “prueba de suficiencia”, con las garantías necesarias para su funcionamiento y para la Administración.

CONSIDERANDO III: Que con tal objetivo, esta Comisión ha proyectado un modelo de bases de prueba de suficiencia que se propone y sugiere aprobar mediante resolución.  ATENTO: A lo precedentemente expuesto LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE DURAZNO RESUELVE: PRIMERO: Apruébanse las bases para la “Prueba de Suficiencia” que se adjunta como ANEXO I, la que aplicará para los nuevos vínculos funcionales (independiente de su naturaleza) de la Junta Departamental para el cumplimiento de tareas administrativas, y que no cuenten con antecedente funcional en esta Junta Departamental. SEGUNDO: Cumplido, pase a Presidencia y a Comisión de Asuntos Internos.  ANEXO I: PRUEBA DE SUFICIENCIA PARA EL INGRESO AL CUMPLIMIENTO DE FUNCIONES CON TAREAS ADMINISTRATIVAS. Procedimiento Administrativo de “Prueba de Suficiencia” para la designación de funcionarios en la Junta Departamental de Durazno. Tipo de Vínculo: Cualquier naturaleza. Descripción de Función: Realizar las tareas administrativas propias para la que sea designado por el Cuerpo y/o la Secretaria General, según el caso concreto del llamado a ocupar cargos. Además, podrá cumplir otras tareas administrativas que por razones fundadas la Secretaria General disponga, previo informa a la Comisión de Asuntos Internos y Reglamento y a Presidencia del Cuerpo. Duración de vínculo: Según la naturaleza del vínculo. En caso de Contratos de Función Pública serán periodos anuales renovables, a evaluación y consideración del Cuerpo. El límite máximo será el periodo quinquenal de la Junta Departamental, pudiendo disponerse la renovación por la próxima integración de la Junta Departamental. Requisitos Específicos Previos: -Ser ciudadano uruguayo natural o legal. – Ser nacido en el Departamento de Durazno o tener una residencia mínima de 3 años en el departamento de Durazno. -Ser mayor de 18 años y menor de 45 años al momento de la inscripción. -Nivel de Formación: Bachillerato Completo (6to. Liceo, UTU).  -No haber sido destituido/a de la función pública, ni haberse retirado de la misma al amparo de incentivos cuyas disposiciones indicaran la imposibilidad de reingreso. -El postulante no podrá tener un parentesco igual o menor a segundo grado por afinidad y/o cuarto grado por consanguinidad de ningún Edil de esta Junta Departamental.  -Documentación a Presentar al momento de la inscripción: -Comprobantes de Estudios (Formula 69 A). -Cedula de Identidad vigente. -Credencial Cívica en el Departamento de Durazno. -Constancia de recibo de servicio público o certificado policial de residencia. -Constancia de Jura Fidelidad de la Bandera. -Certificado de antecedentes judiciales de decreto 382/999 (Buena Conducta)  -Declaración jurada donde el inscripto declare: a- Residencia mínima de 3 años en el Departamento; b- No haber sido destituido/a de la función pública, ni haberse retirado de la misma al amparo de incentivos cuyas disposiciones indicaran la imposibilidad de reingreso. Los/as postulantes deberán presentar las vías originales de la documentación antes referida, con sus respectivas fotocopias cuya concordancia será cotejada por el personal receptor en oportunidad de la inscripción, manteniéndose éstas últimas en custodia de la Oficina receptora. No se realizarán inscripciones de postulantes que no cumplan con todos los requerimientos exigidos. Pruebas de Admisión/Suficiencia: A los efectos de determinar la admisión para el cumplimiento de las funciones y el cargo requerida por la Junta Departamental de Durazno, los postulantes realizarán pruebas de conocimiento de diversa naturaleza los que deberán salvar en los términos que se indicarán, a los efectos de dar por suficientemente aprobada la misma. Prueba de Conocimiento de la Junta Departamental: La presente será una prueba de conocimiento respecto de cuestiones generales de la Junta Departamental en cuanto a su funcionamiento y regulación jurídica de aspectos contenidos en la Constitución de la República, Ley 9515 y/o Reglamento Interno de la misma. Respecto de la presente prueba se facilitará el material de estudio de donde se obtendrán las preguntas a realizar.Se fijará un máximo de 20 puntos por esta prueba. De la misma no podrá obtener un puntaje menor a 14 puntos. Prueba de suficiencia de manejo de procesador de texto: La presente prueba se determinará en la realización, edición, y determinación de formato de un texto facilitado por el Examinador, a los efectos de corroborar el conocimiento y manejo del procesador de texto. Se trata de una prueba de conocimiento específico respecto de la función a cumplir, tanto en el tiempo para su realización, como en la concreción de las tareas que serán planteadas. Se fijará un máximo de 40 puntos por esta prueba. De la misma no podrá obtener un puntaje menor a 28 puntos. Prueba de redacción y ortografía: La misma se realizará en manuscrito y se compondrá de dos pruebas: a- Escritura manuscrita de un dictado a realizar por el examinador; b- Transcripción de texto impreso facilitado por el examinador. Se fijará un máximo de 40 puntos por esta prueba. De la misma no podrá obtener un puntaje menor a 28 puntos. Los participantes se considerarán con suficiencia en el caso que el total de la suma del puntaje en las pruebas realizadas supere el 70% del total de la misma, requiriéndose además el mínimo por cada uno de las pruebas antes descritas. Tribunal Calificador: Todos los aspectos relacionados con esta procedimiento administrativo de Prueba de Suficiencia (fijar las fechas en que se llevarán a cabo todas las instancias determinadas en esta Resolución, idóneos examinadores en cada materia, etc.) serán dispuestos y organizados por un Tribunal Calificador que se designará al efecto, el que estará integrado de la siguiente manera: Presidente de la Junta Departamental y la totalidad de integrantes de la Comisión de Asuntos Internos y Reglamento. En caso de resolución con empate en sus votaciones, el voto del Presidente valdrá doble. Este tribunal no calificará directamente las pruebas de los concursantes, sino que realizará la constatación de la calificación realizada por el Tribunal Examinador, y su posterior sumatoria. Tribunal Examinador: El/los examinador/es para cada una de las pruebas serán designado/s el Tribunal Calificador. Este tribunal examinador tendrá la tarea de proyectar el contenido de la prueba, de estar presente durante el desarrollo de la misma, y de aplicar la calificación de las mismas; informando de las mismas al finalizar todo el proceso al Tribunal Calificador.- Firman los Ediles señores: INES COLINA, WILSON BARITE, JULIO MARCENAL, MARTIN VIDALIN, SANTIAGO ICASURIAGA”.-